A LAS ENTIDADES MUTUALES Y COOPERATIVAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO:
La AFIP publicó la RG Nº 5.370 que actualiza los montos de diversas resoluciones. Si su entidad es emisora de tarjeta de crédito y compra, y actúa como agente de retención de impuestos nacionales, cuando le abona al comerciante, se elevan los importes, a partir del cual, su entidad le retiene:
Impuesto | Norma | Importe anterior a partir del cual se retenía | Importe actual, a partir del cual se retiene |
IVA | RG Nº 140 | $ 900.- | $ 2.000.- |
Ganancias | RG Nº 4.011 | $ 900.- | $ 2.000.- |
La norma rige para los pagos que se realicen a los comercios adheridos, a partir del 01-07-2023.
Les sugerimos coordinar con su programador.
La norma establece que los montos mínimos a retenerle a los comercios adheridos, se ajustarán anualmente por el coeficiente que surge de la variación anual del índice de precios al consumidor, correspondiente a diciembre del año anterior, cuyo importe publicará la AFIP en abril de cada año y regirán desde el mes de mayo.