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Sobre la Resolcuion Nº 72-2023 – UIF

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Dr. CP Norberto Dichiara
Dr. CP Norberto Dichiara
Director del "Estudio Dichiara & Asoc. Consultores en Ciencias Económicas". Brown Nº 2.063 7º piso of. 1 (2000) Rosario - Pcia. de Santa Fe Tel: 0341-426.5434 (líneas rotativas) E-mail: administracion@dichiarayasociados.com.ar

Les adjuntamos la resolución Nª 72-2023 de la Unidad de información Financiera, publicada en el boletín oficial de hoy 04-05-2023, que unifica el deber de colaboración de determinados Organismos de Contralor Específicos, a sujetos obligados.

En la norma se aprueba:

1.    La “Reglamentación del deber de colaboración” de los Organismos de Contralor específicos, en el anexo I:

a)    Al BCRA, para las entidades financieras.

b)    A la Comisión Nacional de Valores, para los agentes bursátiles.

c)    A la Superintendencia de Seguros de la Nación, para las compañías aseguradoras.

d)    Al INAES, para las Cooperativas y Mutuales, que brindan el servicio de crédito, de ayuda económica y de gestión de préstamos

2.    El “Reglamento de las Mesas de Trabajo”, en el anexo II.

3.    El “Modelo de Informe Técnico Final – Organismos de Contralor Específicos”, que cada organismo de contralor deberá utilizar como referencia, para la confección de los “Informes Técnicos Finales”, para remitir a la U.I.F., en el marco del deber de colaboración en materia de supervisión, que se establece como anexo III.

RESOLUCION-No-72-2023-de-la-UIF

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