Según Resolución 806/2018, publicada en el Boletín Oficial del 3 de abril de 2018, se dispone que las cooperativas y mutuales que sean sujetos obligados a informar, de conformidad con la resolución (UIF) 11/2012, deberán comunicar al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), bajo la forma de declaración jurada, la cantidad de reportes de operaciones sospechosas (ROS), de lavado de activos o de financiación del terrorismo que hayan presentado ante la UIF. En el caso de no haber presentado ningún ROS en el período, deberán efectuar un reporte negativo confirmando esa situación.
La información debe ser presentada en forma trimestral y dentro de los 10 días corridos posteriores a la finalización del trimestre, por transmisión electrónica al sitio web del INAES. Respecto al primer trimestre del año 2018, la información debe presentarse dentro de los 60 días desde la entrada en vigencia de la resolución.
La resolución completa puede consultarse en: www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/181628/20180413