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Córdoba: nuevas inclusiones en el Fondo para el Desarrollo Energético Provincial (Fodep)

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(Colsecor) La ley 10.928 (modificatoria de la ley 10.679), aprobada el pasado 15 de noviembre por la Legislatura de Córdoba, posibilita la incorporación de las cooperativas cordobesas al Fondo para el Desarrollo Energético Provincial (Fodep).

Este programa está destinado a la financiación y ejecución de obras de infraestructura e inversiones para el mejoramiento, la adecuación y la modernización de los servicios de provisión, distribución, comercialización, transporte y peaje del sistema eléctrico provincial.

La idea de que el fondo tenga proyección hacia todo el territorio cordobés surge luego de un arduo trabajo interinstitucional de evaluación y relevamiento, realizado por el Ministerio de Servicios Públicos y por las federaciones que nuclean al sector cooperativo (Face Córdoba y Fecescor). Hasta el momento, sólo la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec) podía utilizarlo.

Las obras e inversiones en el servicio de distribución de energía eléctrica garantizan el acceso de todos los habitantes e industrias de la provincia al servicio, en condiciones de igualdad.

La extensión del Fodep a las distribuidoras cooperativas ya había sido anunciada por el ministro de Servicios Públicos de la provincia, Fabián López, el pasado 8 de agosto. Fue durante un acto en la sede de la cartera, frente a dirigentes y personal del sector.

La normativa, aprobada y promulgada, determina que el fondo podrá utilizarse para financiar distintas acciones y programas presupuestarios que permitan, directa e indirectamente, garantizar el abastecimiento de toda la red eléctrica. También para atender las contingencias derivadas de inclemencias climáticas o siniestros, con afectación y daños a la infraestructura energética de la provincia.

El Fodep se integrará con el aporte obligatorio que deben realizar todos los usuarios del sistema eléctrico cordobés. El monto se determinará sobre el importe neto total facturado por los servicios de provisión, distribución, comercialización, transporte y peaje de energía, sin incluir los intereses moratorios ni de financiación, con diferentes alícuotas de conformidad con la segmentación: sin medición de potencia o con medición de potencia, ya sea en baja, media o alta tensión.

Fuente: Colsecor y FACE Córdoba

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