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Novedades sobre los Informes Socioeconómicos

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Dr. CP Norberto Dichiara
Dr. CP Norberto Dichiara
Director del "Estudio Dichiara & Asoc. Consultores en Ciencias Económicas". Brown Nº 2.063 7º piso of. 1 (2000) Rosario - Pcia. de Santa Fe Tel: 0341-426.5434 (líneas rotativas) E-mail: administracion@dichiarayasociados.com.ar

Les remitimos aclaraciones sobre la resolución INAES Nº 189-21, que dispuso la presentación del “Informe Socioeconómico”, cuya presentación queda diferida hasta que se encuentre habilitado el servicio en la web de T.A.D. (Trámites a Distancia).

A su vez, compartimos este Excel que les facilitará la labor para su cumplimiento (DESCARGAR).

Queda pendiente, la elaboración de la segunda etapa que requiere datos contables, sobre el valor agregado mutual, que su entidad contribuye.

Sobre los Informes Socioeconómicos del INAES

Es una presentación obligatoria que deben cumplir todas las Mutuales dentro de los 6 meses de cerrado su ejercicio contable, que consta en la presentación de los siguientes anexos:

  • Anexo I: “Informe Socioeconómico para Cooperativas”
  • Anexo II: “Informe Socioeconómico para Mutuales”
  • Anexo III: “Valor Agregado Co operativo (VAC) – Valor Agregado Mutual (VAM) Consolidado.

En definitiva, su Mutual deberá cumplir con el Anexo II y Anexo III de la Res. 189-2021 del INAES, la cual deroga a la Res. 957/2019 (Presentación de datos Estadísticos para Cooperativas y Mutuales) y Res. 1437/2020 (Informe Socioeconómico “anterior”).

Esta presentación es de vital importancia ya que, en caso de INCUMPLIMIENTO, entre otras medidas que puede tomar el INAES, se encuentra la de No Emitir el Certificado de Vigencia de Matrícula, que es de suma importancia para la presentación de diversos trámites ante Organismos como ser: AFIP, API, Rentas Cba, BCRA, Ministerio de Turismo, SuperIntendencia de Seguros, etc.

Como mencionamos anteriormente, este Informe debe ser cumplimentado dentro de los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio económico de la Mutual. Deberán ser remitidos al INAES, mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), el cual a la fecha no se encuentra disponible, motivo por el cual, en estos días va salir una prórroga.

En una primera instancia para los cierres de ejercicio anteriores al 1/12/2021, es decir, el límite es el 30/11/2021, será obligatoria únicamente la presentación del Anexo II únicamente.

Mientras que para los ejercicios que se cierren desde el 01/12/2021 en adelante, es decir, 31/12/2021 en adelante, será obligatorio la presentación de la totalidad de los ítems establecidos en ambos anexos (Anexo II y Anexo III).

Las fechas mencionadas anteriormente, pueden llegar a ser modificadas por la Resolución que prorrogue la presentación de este Informe Socioeconómico.

Volviendo a la presentación del Anexo II, que es lo que corresponde cumplimentar en una primera instancia; son datos principalmente estadísticos que apuntan a identificar la “Dimensión” de la Mutual, por medio de indicadores.  Los puntos a completar son solamente los siguientes:

  • Identificación (denominación, fecha de constitución, matrícula nacional, matrícula provincial, fecha último cierre de ejercicio, fecha última asamblea general ordinaria, fecha de realización del informe socioeconómico)
  • Localización y tamaño (domicilio legal y otras sedes)
  • Tamaño (actividad, situación financiera, cantidad de asociados)
  • Base social (composición del padrón de socios, vínculos con nuevos asociados por géneros y categorías)
  • No discriminación (composición por género y edades de: órganos de Consejo Directivo y Junta Fiscalizadora, padrón societario, recursos humanos de la Mutual, etc.)
  • Participación de los asociados en órganos de gobierno (respecto de las asambleas ordinarias: asistentes por género y rango de edades; composición de los órganos de Consejo Directivo y Junta Fiscalizadora por género y rango de edades; indicar Si los cargos directivos son remunerados o no, etc.)
  • Apertura y movilidad en órganos de dirección y control (ingresos y egresos en los órganos de administración y control, y RRHH de la Mutual; de acuerdo al género y rango de edad entre otros)

El resto de los puntos del Anexo II deberán ser respondidos en la próxima presentación anual.

Este Informe correspondiente al Anexo II debe ser firmado por Presidente, Secretario y Tesorero, antes de su remisión por TAD. Por lo tanto, tiene carácter de declaración jurada.

Como podrán observar, los datos solicitados en este Anexo II es lo más parecido a la información que se debía cumplimentar con la Res. 957/2019 (datos estadísticos).

Posteriormente realizaremos un análisis detallado del Anexo III: “Valor Agregado Mutual (VAM) Consolidado”, y los aspectos a tener en cuenta.

Les adjuntamos la Matriz de Excel de los puntos a completar por su Mutual para poder cumplir con esta 1º presentación del Anexo II de la Resolución 189-2021 INAES.

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