Remite a la Decisión Administrativa Nº 887-20 de la Jefatura de Gabinete de la Nación, con 4 anexos; les formulamos los siguientes comentarios:
- Recomienda NO abonar el ATP, a los trabajadores que en marzo 2020, percibieron una remuneración bruta devengada, superior a $ 250.000.-, en el anexo 1.
- En el anexo 2, incorpora a entidades deportivas, código 931.010.
- En el anexo 3, se detallan las instituciones que el Ministerio de Deportes y Turismo, solicita que sean tenidas en consideración; le sugerimos controlar si usted está vinculado a alguna de ellas (el buscador del CUIT, le facilitará la tarea), en alguna localidad.
Saludamos atentamente.
EQUIPO DE TRABAJO / Norberto DICHIARA
Estudio Dichiara & Asociados