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Una mirada desde adentro sobre el Decreto del PEN N° 66/2019

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Santiago Arella
Santiago Arella
Sociólogo especializado en comunicación. Responsable de vinculación de Mundo Mutual, Economía Solidaria y de Interconexión CTL
La voz de Juan Pivetta, presidente de la Federación Argentina de Mutuales de Salud (FAMSA), desmenuza las consecuencias que afrontarán las mutuales luego del decreto del Poder Ejecutivo.

¿Este decreto es una sorpresa para FAMSA?

Lo es sólo en parte, porque hay muchos aspectos del decreto que no lo son, como el caso del “plan parcial” del que ya se venía hablando, que se trata de la cobertura que dieron las mutuales durante muchísimos años y que cobraban acorde a lo que podían pagar las personas, por eso el pago era parcial y los servicios estaban acotados. Esta modalidad fue tomada por la medicina prepaga con una visión de nicho de mercado, como un nuevo mercado porque hay millones de personas sin cobertura en el país. Eso responde entonces a un pedido de las empresas privadas de salud, algo que venían reclamando desde hace mucho tiempo, pero también corresponde a una forma de prestación característica del sector mutual.

¿Qué otros cambios significativos podría mencionar?

Algo fuerte y llamativo es que el decreto saca de toda competencia al INAES en materia de servicios de salud, y lo pasa a la Superintendencia de Servicios de Salud [SSS]. Esto es un tema de análisis porque el INAES existe por la ley 20.321, por lo que habría que ver hasta qué punto el decreto puede modificar este aspecto. En este sentido, los reglamentos de salud que aprobaba la Asamblea e iban al INAES ahora deberían pasar a la Superintendencia, eso es lo que interpretamos. Además, como el origen de la ley era la medicina lucrativa, comercial, hay muchas cuestiones de terminología que chocaban contra la misma naturaleza jurídica de las mutuales y que aún persisten, por ejemplo cuando habla de “contratos”, lo que no existe en el sistema asociativo de la Economía Social y Solidaria, donde lo que hay son personas que administran los recursos; otra terminología de la ley es cuando habla de “capitales”, cuando las mutuales lo que tienen es patrimonio. Estas inconsistencias todavía están porque no atienden a la naturaleza jurídica de las entidades solidarias. Por estas razones, este decreto nos impone mayor urgencia para poder saber a ciencia cierta cuántas entidades hay en regla y cuántas podrán cumplir con la nueva reglamentación.

¿El corrimiento del INAES debilita al sector?

Sí, claro. De hecho, siempre nos reguló el INAES y de una manera especial, porque la medicina lucrativa no estuvo regulada hasta casi el año 2011.

¿Hasta la publicación del Decreto 66/19, cuál era el vínculo que tenía el mutualismo de salud con la SSS?

La Superintendencia hasta hace unos años casi desconocía todo de nuestro sector. Hoy hemos avanzado bastante, generado un vínculo fluido y yo me he reunido con ellos varias veces.

¿Y hay una posición formal y pública de las mutuales de salud?

FAMSA está hablando con la CAM para desarrollar una estrategia común. Ya hemos recibido un dictamen del Dr. Dante Cracogna [asesor legal de FAMSA] para analizar en profundidad los alcances del decreto. Aún no oficializamos una opinión institucional porque la estamos elaborando con distintas fundamentaciones, pero puedo adelantar que para muchas mutuales este decreto es una amenaza muy importante. El mutualismo va a pedir un espacio en la Comisión Permanente y en la mesa de discusión de la reglamentación del decreto, una silla para sentarnos. Todo es muy reciente.

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