Les informamos a las entidades mutuales que la AFIP publicó la RG Nº 5.323, que anticipa las fechas de vencimientos, que operan en febrero 2023, con el siguiente detalle:
- Declaración jurada de IVA, que vencía el 27-02-23, se anticipa al 23-02-2023.
- Declaración jurada de IVA, que vencía el 28-02-23, se anticipa al 24-02-23.
- Si su entidad, actúa de agente de percepción del IMPUESTO PAIS, las percepciones practicadas entre el 16 y el 22-02-23, con vencimiento original para el 27-02-23, se anticipa el ingreso al 24-02-23.
- Si su entidad, actúa de agente de percepción del Impuesto a los Débitos y Créditos, las percepciones practicadas entre el 16 y el 22-02-23, con vencimiento original para el 27-02-23, se anticipa el ingreso al 24-02-23.