El decreto Nº 735-21 del gobierno de la provincia de Santa Fe, con fecha 29-05-2021, establece normas de actividades, desde el lunes 31-05-2021 al viernes 04-06-2021, con la siguiente síntesis:
- El art. 1º define la suspensión de actividades, entre ellas, prácticas recreativas grupales, clubes, gimnasios, Futbol 5; en el inciso o) suspende las asambleas y actos eleccionarios.
- El art. 2º, establece operatorias con guardias mínimas, entre ellas, -en el inciso c)-, las actividades administrativas, en sindicatos, gremios, consejos profesionales, entidades civiles, obras sociales, etc.
- Restringe la circulación vehicular entre las 18 hs y las 6 horas del día siguiente.
- En el art. 5º, permite el comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías, con atención al público, hasta las 17 horas. Para la venta de productos alimenticios, se permite hasta las 19 horas (productos alimenticios, sólo, se extiende hasta las 19 hs).
- Bares y restaurantes, con concurrencia de comensales, hasta las 19 horas; fuera de este horario, solo para reparto o retiro.
- Leer el art. 9º, ya que esta operatoria, es hasta el viernes 04-06-21 y el sábado 05-06 y domingo 06-06, se regresa a las restricciones del Decreto Nº 700-21.
El art. 10, faculta a las autoridades municipales y comunales, a disponer mayores restricciones: CONSULTAR.
GOBIERNO-DE-SANTA-FE-31-mayo-al-4-de-junio-inclusiveFoto principal: Omar Perotti, gobernador de Santa Fe