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Santa Fe: El gobierno prorrogó la intervención a la Caja del Seguro Mutual de la provincia

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Fue dispuesta por el Poder Ejecutivo ante el cambio de la ley orgánica para el funcionamiento del ente. Asociaciones sindicales sumarán tres directores mientras que el Ejecutivo al presidente y al representante de afiliados pasivos.

El Poder Ejecutivo prorrogó, sin fecha, la intervención a la Caja de Previsión Social de los Agentes Civiles del Estado, tarea que seguirá a cargo de Lorena Ulieldin. El mayor tiempo de intervención no está fijado en el decreto N° 2625 firmado por el gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Trabajo, Roald Néstor Báscolo.

“Prorrógase la intervención de la Caja de Previsión Social de los Agentes Civiles del Estado dispuesta por Decreto N° 0046/23 -prorrogada por el Decreto Nº 0736/24- hasta tanto sean puestas en funciones las próximas autoridades que serán designadas de conformidad a lo previsto en la Ley Nº 14352”, señala el artículo 1° y único del decisorio.

Precisamente la Ley Nº 14.352 introdujo reformas al marco regulatorio de la Caja, entre otras modifica la conformación del directorio donde el Poder Ejecutivo se queda con la designación del presidente y del director representante de los afiliados pasivos mientras que los tres gremios con mayor cantidad de adherentes deberán designar un director cada uno. La designación de estos directores ya no será por votación directa y la nominación quedó en manos de Upcn, ATE y Amsafe.

El 8 de diciembre venció el plazo de la intervención dispuesta por Pullaro a ese ente y a la espera de la designación de directores de los sindicatos ahora debió recurrir a la prórroga de la figura. “Estimamos que en un mes podrá estar normalizado el organismo”, se dijo a EL Litoral en Casa de Gobierno.

La Ley 14352 modificó trece artículos y derogó otros dos de la norma que regía el funcionamiento de la Caja.

Entre los cambios ya legalizados está la posibilidad de diversificar los productos financieros que ofrece el organismo a sus afiliados. “La modificación permite al ente estructurar nuevas líneas de créditos garantizados, asegurando su repago pero, a su vez, permitiendo su destino al consumo de bienes duraderos”, se explicó en el mensaje que había enviado el Ejecutivo a Legislatura.

La norma deroga el artículo 40 bis y consecuentemente con ello un aumento, a 25%, del adelanto por jubilación. “Esto implica, por una parte, que ninguno de los beneficios sufrirá el descuento que actualmente financia el otorgamiento de los adicionales procurando la percepción íntegra de los importes para todos los beneficiarios y afiliados y, por otra parte, el aumento real de los adelantos establecidos para los casos de jubilación”, dice en los fundamentos del mensaje que dio origen a la ley.

En cuanto al funcionamiento de la Caja, se planteó una variación en la forma de gobierno y selección de las autoridades. El nuevo régimen de selección de los miembros del directorio da mayor gravitación a las asociaciones gremiales con representación mayor al 10% de los afiliados del sector (Upcn, Ate y Amsafe). En este caso, cada entidad gremial propondrá un director y un cuarto representante de los pasivos “que debe revestir el carácter de jubilado público del régimen provincial, el cual será designado por el Poder Ejecutivo”. En tanto la presidencia del órgano quedará en manos del miembro designado por el Poder Ejecutivo Provincial, que asume la representación del ente, al propio tiempo se le asignan facultades operativas al presidente.

Una parte del texto establece un directorio con pautas de funcionamiento y quorum. Además cambia el sistema de suplentes que ya no necesitan ser designados. “Así, producida una vacante en el órgano, se establece la inmediata comunicación al Poder Ejecutivo provincial a los efectos de que inste la designación de un nuevo representante”.

Por último, se introdujeron cuatro reformas: se suprimió el requisito de aportación de los trámites de sumaria información judicial para la tramitación de beneficios que acarrean grandes costos a los beneficiarios; modificó la redacción del artículo 6, que en materia patrimonial podría dar lugar a interpretaciones que produzcan una dilación injustificada en los ingresos de recursos; armoniza el sistema régimen de prescripción de las prestaciones en cuanto la norma actual parece rebasar las facultades de la Provincia en materia legislativa; la Caja pasa a ser garante de la transparencia y corrección de los descuentos del afiliado.

Fuente: apropol

Foto: Clarín

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