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Resumen de últimas normativas del INAES junio 2020

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Jorge Pedro Núñez
Jorge Pedro Núñez
Licenciado en Cooperativismo y Mutualismo (UNSE). Presidente del CGCyM (2018-2020). Conferencista, docente, investigador especialista en formulación de proyectos.

Resolución 319/2020 – Creación de la Comisión Técnica Asesora de “Empresas Recuperadas”

Oportunamente se crearon las Comisiones Técnicas Asesoras como estructuras dependientes del Directorio del INAES. En función de ello, se estima de singular relevancia contar con una mayor información del sector de las empresas recuperadas dentro del movimiento cooperativo. Esta Comisión tendrá como tarea específica la de confeccionar y mantener actualizado el Registro Nacional de Empresas Recuperadas, tendrá como coordinadores a los Vocales del Directorio Heraldo Naúm Mirad y Zaida Chmaruk y como secretario a Francisco F. Martínez.

Resolución 320/2020 – Creación del Área de la Coordinación de Equidad, Géneros y Derechos Humanos

Se creó esta Área en el ámbito de la Dirección General de Administración y Asuntos Jurídicos del INAES.

Las acciones se dirigen a:

Promover y difundir la perspectiva integral y transversal de los Derechos Humanos, de equidad e igualdad de género, en la gestión organizacional de las cooperativas y mutuales, como herramienta de inclusión social asociativa y solidaria y la participación igualitaria.

Asistir y asesorar al Presidente del Directorio y establecer vinculación recíproca con las Comisiones Técnicas del Directorio, con prioridad en los Derechos Humanos en relaciones a las políticas públicas con perspectivas de géneros destinadas a la igualdad de oportunidades y trato.

Asistir técnicamente a grupos y organizaciones que se propongan constituir cooperativas y mutuales en la temática de los Derechos Humanos y de géneros, promoviendo y facilitando su formación y su adecuado desarrollo operativo, institucional y temático.

Entender en el diseño de programas de gestión, investigación, capacitación, difusión y de implementación de políticas que tengan como objetivo la promoción integral de los Derechos Humanos y de las perspectivas de equidad e igualdad de géneros y la prevención de toda forma de discriminación y/o violencia hacia la mujer.

Elaborar publicaciones propias y en colaboración, sobre perspectiva de géneros en el sector de las cooperativas y mutuales.

Articular con los organismos públicos y organizaciones privadas vinculados a la temática, para la prosecución de los fines, objetivos y acciones prevista en el área de Coordinación de Equidad, Géneros, y Derechos Humanos; así como de manera integrada y colaborativa junto a las demás áreas del Instituto.

Resolución 321/2020 – Creación de la Comisión Técnica Asesora de “Géneros y Diversidad”

Esta Comisión Técnica tendrá como tarea específica, además de las definidas en la Resolución INAES 3/2020, la de promover y difundir la perspectiva integral y transversal de equidad e igualdad de género en la gestión organizacional de las cooperativas y mutuales, como herramientas de inclusión social asociativa, y solidaria y la participación igualitaria de mujeres.

Su integración será dispuesta por el Presidente del Instituto. Designándose como coordinadores de esta comisión a los Vocales del Directorio Prof. Zaida Chmaruk y Dr. Ariel Guarco.

Resolución Nº 357-20 – Certificación de firmas

Establece que mientras extiendan las actuales condiciones sanitarias y económicas, las certificaciones de firmas de la documentación que se remitan a los Organismos por reformas de estatutos, otorgamiento de personería jurídica o trámites por T.A.D. podrán realizarlas cualquier autoridad nacional, provincial o municipal con facultades a tal efecto. Ver resolución

Resolución Nº 358-20 – Asambleas a distancia

En los considerandos, confirma la imposibilidad de realizar asambleas presenciales, “…continúan prohibidas en todo el país la celebración de reuniones que concentren un número de personas que impida guardar distanciamiento social obligatorio y facilite la propagación del virus”. Ver resolución

La resolución permite la realización de asambleas, mediante la modalidad a distancia, con la utilización de recursos electrónicos, estableciendo:

  1. La entidad debe garantizar que el sistema elegido admita el libre acceso de todos los asociados activos; si no existe esa posibilidad, NO se podrá realizar la asamblea.
  2. El canal de comunicación debe permitir la transmisión simultánea de sonido e imágenes de toda la asamblea y su grabación en soporte digital.
  3. Se debe definir el sistema a utilizar, para realizar la votación, para que el voto sea claro y se permita contabilizar cada moción.
  4. El inciso 3 del artículo 1º, establece que en la convocatoria, su entidad deberá informar de manera clara y sencilla, el canal de comunicación elegido, rl procedimiento para la emisión del voto a distancia por medios digitales y el correo electrónico de su mutual; así, el asociado le comunicará su asistencia a la asamblea virtual, enviando un mail a dicha casilla. 
  5. La copia de la grabación en soporte digital, de dicha asamblea, se debe conservar por 5 años y estar a disposición del asociado que lo solicite.
  6. Los miembros de la Junta Fiscalizadora, deberán fiscalizar el cumplimiento de todas las normas legales, estatutarias y reglamentarias. Además será OBLIGATORIA la intervención de un veedor del INAES y/o del Órgano Local competente.

El presente resumen se realizó con la colaboración del Dr. Norberto Dichiara

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