Cooperativas
Marco Normativo: Ley 20.337
Órgano de control: Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES)
Órganos sociales:
- Consejo de Administración
- Sindicatura (uno o más miembros según lo disponga el Estatuto Social)
Asociados:
- Personas físicas mayores de 18 años
- Menores de edad por medio de sus representan-tes -personas jurídicas, incluyendo sociedades por acciones
Funcionamiento institucional: Democrático
Régimen de contribución: Aporte de cuotas sociales, según lo que determine el Estatuto Social
Tratamiento de los excedentes:
- Son repartibles solo aquellos que provengan de la diferencia entre el costo y el precio del servicio prestado a los asociados.
- De los excedentes repartibles se destinará:
- 1) El 5% a reserva legal;
- 2) El 5% al fondo de acción asistencial y laboral o para estímulo al personal;
- 3) El 5% al fondo de educación y capacitación cooperativa;
- 4) Una suma indeterminada para pagar el interés a las cuotas sociales, si lo autoriza el estatuto;
- 5) El resto para su distribución entre los asociados en concepto de retorno:
- a) En las cooperativas o secciones de consumo de bienes o servicios, en proporción al consumo hecho por cada asociado;
- b) En las cooperativas de producción o trabajo, en proporción al trabajo efectivamente prestado por cada uno;
- c) En las cooperativas o secciones de adquisición de elementos de trabajo, de transformación y de comercialización de productos en estado natural o elaborados, en proporción al monto de las operaciones realizadas por cada asociado;
- d) En las cooperativas o secciones de crédito, en proporción al capital aportado o a los servicios utilizados, según lo establezca el estatuto; e) En las demás cooperativas o secciones, en proporción a las operaciones realizadas o a los servicios utilizados por cada asociado.
Mutuales
Marco normativo: Ley 20.321 Ley 25.374 (TO)
Órgano de control: Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES)
Órganos sociales:
- Consejo de Administración
- Junta Fiscalizadora
Asociados:
- Activos
- Adherentes
- Participantes
- Opcional: Honorarios
Funcionamiento institucional: Democrático
Régimen de constribución:
- Cuota social mensual
Tratamiento de los excendentes:
- El estatuto social establece que los excedentes deben ser distribuidos de la siguiente manera:
- a) 10% a capital;
- b) 10% a conservación de bienes y nuevas adquisiciones;
- c) 10% a futuros quebrantos;
- d) 10% a educación y capacitación mutual; e) El saldo a aplicar en las prestaciones a las que se refiere el estatuto en cuanto a fines y objetivos, o a incorporar nuevas prestaciones.
Asociaciones civiles
Marco normativo:
- CCyCN art. 168/186
- Ley 26.994 Res.IGJ 7 y 9/2015
Órgano de control: Inspección General de Justicia (IGJ)
Órganos sociales:
- Comisión Directiva
- Comisión Revisora de Cuentas
Asociados:
- Activos
- Honorarios
- También pueden agregarse:
- Vitalicios
- Adherentes
- Cadetes
Funcionamiento institucional: Democrático
Régimen de constribución:
- Cuotas ordinarias y extraordinarias
Tratamiento de los excendentes:
Si bien ninguna norma expresa taxativamente la irrepartibilidad de los excedentes, se infiere que al no existir aporte de capital por parte de los asociados –dado que al igual que en las mutuales el patrimonio se compone de las cuotas sociales ordinarias y extraordinarias aportadas por los asociados, además de los bienes existentes al momento de la constitución- los excedentes del ejercicio se capitalizan.
Fundaciones
Marco normativo:
- CCyCN art. 193/224
- Ley 26.994
Órgano de control: Inspección General de Justicia (IGJ)
Órganos sociales:
- Consejo de Administración
- Comité ejecutivo
- Director Ejecutivo
- Consejo Académico -Consejo Asesor
Asociados:
- Participantes “benefactores”
- Participantes “adherentes”
Funcionamiento institucional: No democrático
Régimen de constribución:
- Aportes de los fundadores al momento de la constitución
Tratamiento de los excendentes:
- Los excedentes se capitalizan