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Novedades AFIP: Impuesto a las ganancias, impuesto a los bienes e impuesto cedular

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La Administración Federal de Ingresos Públicos anunció que prorroga los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y realicen el pago de los saldos correspondientes. La medida del organismo también alcanza al vencimiento del impuesto Cedular.

Se recuerda que en el caso de las declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, el ingreso del saldo resultante se podrá ingresar hasta un día posterior a la presentación de la declaración jurada que dio origen a dicho saldo.

En cuanto a la declaración jurada informativa que deber presentar ciertos contribuyentes, cabe destacar que se eleva de 1.500.000 hasta 2.000.000 de pesos el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar las declaraciones juradas. La fecha límite para estas presentaciones también se han prorrogado al 31 de Agosto.

Impuesto a las Ganancias e Impuesto sobre los Bienes Personales
Terminación CUITFecha del vencimiento
0,1,2,310/08/2020
4,5,611/08/2020
7,8,912/08/2020
Impuesto Cedular
Terminación CUITFecha del vencimiento
0,1,2,311/08/2020
4,5,612/08/2020
7,8,913/08/2020

Autoras: Gabriela Gómez y Natalia González

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