Este beneficio alcanza a contribuyentes monotributistas, autónomos y micro y pequeñas empresas.
Para poder acceder al mismo se debe ingresar:
- Ingresar al sitio web: afip.gov.ar
- Acceder con la CUIT y Clave correspondiente
- Buscar dentro de Mis Servicios – Sistema Registral, y allí se encontrara un cuadro de dialogo que dice:
$ Beneficios para contribuyentes cumplidores, se encontraran con botón que indica ingresar |
En caso de no verificarse incumplimientos se otorga el beneficio.
Esta adhesión se puede realizar hasta el 30 de noviembre.
Los beneficios son los siguientes:
- Monotributistas: La eximición del componente impositivo del pago mensual se efectuará a partir del período fiscal enero de 2021 y se realizará en cuotas mensuales y consecutivas con un tope de $17.500. El beneficio varía de acuerdo a cada categoría.
Categorias Monotributo | Cuotas eximidas (solo componente impositivo) |
A y B | 6 cuotas, enero a junio de 2021 |
C y D | 5 cuotas, enero a mayo de 2021 |
E y F | 4 cuotas, enero a abril 2021 |
G y H | 3 cuotas, enero a marzo de 2021 |
- Autónomos: Deducción, por un periodo fiscal, de sus ganancias netas de un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible. El beneficio será aplicado a la declaración jurada correspondiente a 2020.
- Amortización acelerada: Micro y pequeñas empresas pueden realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.
Fecha de publicación: 10/11/2020
Fuente: AFIP Resolución General 4855/2020.
Autora: Gabriela Gómez