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Las cooperativas serán censadas hasta abril de 2021

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A través de Resolución 180/2020, el INDEC dispuso que todas las empresas, incluyendo a las cooperativas, deberán responder el cuestionario del Censo Nacional Económico, en forma virtual. El plazo estipulado para cumplir con este requisito finaliza 1ro. de Abril de 2021. El Censo deberá responderse en forma virtual y será obligación de la empresa cargar sus datos.

En https://censoeconomico.indec.gob.ar/index.php/datos-clave/ se resumen los datos claves del Censo, y allí se dice que uno de sus objetivos es dimensionar al sector cooperativo.

Información a tener en cuenta:

  • Los datos recopilados por la encuesta están protegidos por secreto estadístico (Ley 17.622, art. 10; y Decreto 3110/70 Art. 3, Inc. d)
  • Contestar el cuestionario es carga pública (Decreto 3110/70). El art. 4 de la Resolución 180/2020 establece que las unidades económicas están obligadas a responder. La sanción por incumplimiento será multa.
  • El BCRA dispuso, por Com. B 12100 que las entidades bancarias deberán exigir el Certificado de Cumplimiento Censal para determinadas operaciones hasta el 28 de febrero de 2022.

Invitamos a todas las cooperativas asociadas a contestar el cuestionario a los efectos de garantizar información confiable y actualizada sobre nuestro sector en el contexto de la economía nacional.

Instructivo para contestar el cuestionario eCNE

  • Adherirse al servicio “Censo Nacional Económico (CNE) 2020/2021” desde el sitio web de AFIP (en serviciosweb.afip.gob.ar, ver dentro de INDEC el servicio interactivo “Acceso al CNE 2020/201”)
  • Ingresar al eCNE a través del enlace que figure en el correo electrónico de notificación.
  • Validar la identidad mediante la CUIT y Clave Fiscal.
  • Completar el formulario en un mismo momento, o en distintos eligiendo la opción “guardar y continuar luego”
  • Confirmar y finalizar
  • Una vez finalizada la carga y confirmado el trámite, se puede descargar el formulario completo y se debe descargar la “certificación de cumplimiento censal de la empresa” para su presentación ante los organismos que la requieran.

  • Fuente: FACC

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