Hoy se publicó en el Boletín Oficial la resolución N° 1405/2020 que prorroga al 15-01-2021 el plazo para efectuar la presentación del régimen informativo, que solicitó el INAES a través de la resolución N° 1182/2020.
Sobre la resolución 1182/2020
Mediante la resolución 1182/2020 el Directorio del INAES habilitó un nuevo sistema informático para el envío de los datos requeridos por el Comité de Coordinación para la Prevención y Lucha Contra el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, el cual funciona en el Ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la nación.
“A fin de cumplir con todos los requerimientos solicitados por el Comité de Coordinación para la prevención de Lavado de activos, del cual somos parte activa, hemos desarrollado un sistema específico para la carga de información de las entidades que se encuentran bajo la órbita de control y fiscalización del INAES” afirmó Facundo Morena, director Nacional de Fiscalización del Instituto, remarcando que “es de vital importancia poder cumplir con toda la información solicitada por dicho comité, para cumplir con la evaluación nacional que estamos transitando junto con el resto de los organismos competentes a nivel nacional. Agradecemos a todas las federaciones y confederaciones del país la difusión junto con la concientización de la importancia de la misma.”
Se encuentra disponible un instructivo detallando los pasos a seguir para cumplimentar esta normativa.
IMPORTANTE:
Mediante esta resolución, el INAES estipula que las cooperativas y mutuales que revisten el carácter de sujetos obligados ante la UIF deberán informar al Instituto la información estadística requerida. El plazo para presentar la información se extiende hasta el día 15 de enero de 2021.
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Fuente: INAES