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CAM: “Imposibilidad de cumplir con la Resolución ANSES 131/18”

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Reproducimos a continuación el texto completo publicado por la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM), en relación a la reciente Resolución 131-2018 de la ANSES.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) publicó en el Boletín Oficial la Resolución 131/2018, mediante la cual se establecen limitaciones para el cobro de Cuota Social y de Servicios no crediticios y un máximo de otorgamiento de tres códigos de descuento a cada entidad (uno destinado a la cuota social, cooperativa, mutual o gremial; otro a los servicios no crediticios y el tercero a los descuentos de cuotas créditos otorgados).

También se determina que, cumplido el plazo de otorgamiento del crédito, el asociado, jubilado o pensionado, deberá dar su voluntad expresa de continuar con el descuento de la cuota social, afiliación o servicios especiales no crediticios de su haber previsional. La presente Resolución entró en vigencia el 1° de septiembre de 2018. Y afecta muy seriamente a las mutuales y cooperativas.

Ante la aparición de esa normativa, la Confederación Argentina de Mutualidades se reunió con altos funcionarios de ANSES, para tratar este tema. El licenciado Alejandro Russo, titular de la CAM, concurrió acompañado por los dirigentes Narciso Carrizo (Federación Brigadier López) y Adrián Bruffal (Federación Entrerriana).

DIRECTIVOS DE LA CONFEDERACIÓN, DIALOGARON CON TRES ALTOS FUNCIONARIOS DE LA ANSES

En la sede de la ANSES, fueron recibidos por el licenciado Santiago Mazzeo (Director de Unidad Central de Apoyo a la ANSES), la licenciada Carina Musso, coordinadora general de Descuentos Previsionales, y el licenciado Francisco Bosch, director de Relaciones Gremiales e Institucionales de la ANSES.

El licenciado Alejandro Russo fue consultado por PRENSA MUTUAL, para conocer detalles relacionados con esa importante reunión. El dirigente explicó que “a las mutuales que trabajan con los códigos de ANSES, les resulta imposible dar cumplimiento a esta resolución. Fundamentalmente porque se pretende que en un lapso de 60 días los asociados ratifiquen su voluntad de continuar con la cobranza del servicio no crediticio. Vale decir que aquellas entidades que descuentan su cuota social o su cuota de salud a través de la ANSES, si el asociado, en 60 días, a partir del 1 de setiembre, no lo ratifica, entonces automáticamente la ANSES da de baja al asociado”.

Señaló seguidamente que “se les planteó la imposibilidad de cumplir con esta resolución, tal como está redactada hoy. Se observó la retroactividad que presenta la resolución, ya que determina que todas aquellas personas beneficiarias que en su momento firmaron su adhesión a la mutual, se asociaron y autorizaron un descuento, hoy se pide la rectificación a través de la página web, de un call center o presentándose a una unidad de ANSES. También se insistió en la imposibilidad de cumplir en los plazos previstos, que son 60 días. Se les explicó a los funcionarios la importancia jurídica que tiene para las mutuales la cobranza de sus cuotas sociales y su significancia al no hacerla, ya que ello afecta en este caso al beneficiario, al asociado”.

“SI LA IDEA ES DEFENDER AL JUBILADO, SE ACTUÓ EN FORMA ARBITRARIA CON MUTUALES Y COOPERATIVAS”

El licenciado Russo comentó a PRENSA MUTUAL que “la CAM dejó planteado que si la idea es defender al jubilado, en este caso se estaría actuando en forma arbitraria con las mutuales y cooperativas y se debería aplicar el artículo 23 de la misma resolución. Pero no utilizar ese medio para hacerlo a nivel de ratificación en forma retroactiva, hacerlo de ahora para adelante, con el artículo 23 mismo que tiene esa resolución”.

“Los dos artículos que hoy presentan mayor complejidad — añadió el presidente de la CAM — son el 33 y el 53. Cuando hablamos de arbitrariedad hacemos hincapié en lo que la misma resolución expresa en sus considerandos, donde dice que el Procurador del Tesoro de la Nación sostiene que la libertad de la administración es amplia para evitar soluciones, siempre que la decisión que se adopte no esté teñida de arbitrariedad. O sea, habiendo adoptado las medidas pertinentes con un criterio de razonabilidad. Y es lo que nosotros consideramos que la ANSES no aplicó en este caso”.

El dirigente confederativo señaló que “al término de la reunión, se acordó que se analice la posibilidad de dejar la retroactividad de la misma y quedaron en contestarnos sobre la posibilidad de prorrogarla, porque en 60 días las mutuales no van a poder cumplimentarla y las mutuales tendrían una pérdida realmente inconmensurable. Es muy difícil poder contactarse con todos los jubilados asociados a estas entidades y que estos puedan hacer a tiempo para ratificar la voluntad de continuar con ese sistema de cobranza”.

El licenciado Russo concluyó expresando que “lo cierto es que con esta resolución, ANSES tendría que salvaguardar a aquellas entidades que se portan bien y castigar a las que se portan mal, pero con este esquema de resolución, si se mantiene, lo que están haciendo es castigar a las mutuales que se portaron bien. Es un momento donde los jubilados necesitan contención y las mutuales son una grata ambulancia para los jubilados cuando necesitan contención. Esto afecta a jubilados nacionales que están asociados a mutuales y cooperativas. Estamos trabajando fuertemente para lograr que esta norma no esté activa”.

Fuente: CAM

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