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Significativo avance con lamentable antecedente

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Luis Valladares
Dr. Luis Valladares
Periodista, Locutor Nacional, Contador Público, Lic. en Costos, Lic. en Administración de Empresas, con tres distinciones de la Asociación Médica Argentina y de la Sociedad Argentina de Periodismo Médico, por sus trabajos en la Prevención de Adicciones a las Drogas. Ex-Director del periódico Mundo Mutual y fundador del periódico Mundo Cooperativo.

Resulta gratificante que el Ministerio de Educación y Deportes de la Nación haya aprobado la incorporación de contenidos de mutualismo y cooperativismo en los planes de estudios de carreras universitarias como es el caso de Abogacía y Contador Público, que son de aplicación obligatoria en todas las universidades argentinas, nacionales, provinciales y privadas.

Esta medida es de especial interés y necesidad precisamente tanto para los egresados que en el ejercicio de sus profesiones tienen que atender a mutuales y cooperativas, como para las mismas entidades.

Históricamente, tanto los abogados como los contadores públicos, se especializaban solamente en sociedades con fines de lucro, por lo que profundizaban sus conocimientos a través del estudio de la Ley 19.550, mientras que inexplicablemente no estudiaban el derecho que define y regula a las mutuales, cooperativas, asociaciones civiles ni fundaciones, y por supuesto menos aún su naturaleza, actividades y tipos de organización.

Cabe mencionar la tremenda demora de nuestras autoridades para dar cumplimiento a la Ley 26.206, que en su Artículo 90 expresa que “El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología promoverá, a través del Consejo Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del cooperativismo y del mutualismo en los procesos de enseñanza-aprendizaje y la capacitación docente correspondiente, en concordancia con los principios y valores establecidos en la Ley Nº 16.583 y sus reglamentaciones. Asimismo, se promoverá el cooperativismo y el mutualismo escolar”.

Para lograr la incorporación del artículo citado, a mediados del año 2006, el Colegio de Graduados en Cooperativismo y Mutualismo –CGCyM- realizó la convocatoria en los sectores de la Economía Solidaria, respondiendo a la consulta formulada por el Ministerio de Educación de la Nación sobre el anteproyecto de una nueva ley de educación, a través de la cual todos los sectores interesados que así lo decidieron, pudieron participar y realizar propuestas.

La primera reunión se realizó el 24 de junio de 2006 en la sede de la Mutual Mariano Moreno, a la que concurrieron representantes de cooperativas y mutuales de diversos lugares del país, como también participaron docentes y personas interesadas en la temática, entre otros, llegando a estar presentes aproximadamente 70 personas.

Luego de varias reuniones se logró una audiencia el 21 de setiembre con el entonces Ministro Lic. Daniel Filmus, quien delegó su representación en el Lic. Juan Carlos Tedesco, por entonces Secretario de Educación de la Nación, y luego también Ministro, a la que asistieron en representación del sector de la Economía Solidaria, las siguientes personas: Prof. Ana Raquel Barrios, Dr. Héctor T. Polino, Prof. Leonor Ocampo, Lic. Eduardo Milner, Dr. Luis Valladares, Dr. Hugo Alfredo Pallaoro y Prof. Benito D. Uralde.

Ante la afirmación expresada por el Lic. Tedesco, de que se había incluido el texto del que luego fue el Art. 90, el Dr. Valladares le manifestó que no estaba contemplado, a lo que el Lic. Tedesco respondió que el cooperativismo y el mutualismo estaban incluidos con otras palabras, pero que estaban (SIC), lo que probablemente respondía a una confusión ya que lo que se había incluido era que los establecimientos de enseñanza privados podían adoptar la forma de cooperativa y/o mutual.

En esa oportunidad, el Dr. Polino, entre otros conceptos manifestó que la aspiración de los presentes era que en la nueva ley existiera un compromiso del Estado de promover la educación cooperativa y mutual y el cooperativismo escolar como política de Estado. A lo que el Lic. Tedesco respondió que iban a tomar seriamente la presentación.

El petitorio fue acompañado por una extensa lista de firmas entre las que se encontraban las seis confederaciones de ambos sectores: COOPERAR, CONINAGRO, CECOVIRA, CONAM, MAC y CAM, como también la ACI –Alianza Cooperativa Internacional- representada por su Presidente el Sr. Ivano Barberini, la Alianza Cooperativa Internacional Américas y numerosas federaciones de cooperativas y de mutuales de todo el país.

Como corolario de las gestiones realizadas, los miembros de la comisión mencionados anteriormente, advirtieron que pese a las manifestaciones recibidas de los funcionarios del Ministerio de Educación, no existía firmeza en la voluntad de incluir lo solicitado. Tanto fue así que el  anteproyecto de ley elaborado por el Ministerio de Educación para su posterior remisión al Congreso de la Nación, no incluyó el texto propuesto por la comisión del CGCyM.

Pese a todo lo cual y gracias a la perseverancia de algunos protagonistas, pudo lograrse su inclusión.

El 14 de diciembre de 2006 fue sancionada por el Congreso de la Nación la Ley 26.206 de Educación Nacional y publicada en el Boletín Oficial el 28 de diciembre de 2006.

Siendo la educación el pilar fundamental para promover el desarrollo económico y social de un país, y como consecuencia para lograr el bienestar de la población, es inexplicable lo que nos sucede a los argentinos, que además de lo específicamente señalado, el 50 % de los estudiantes del nivel secundario abandona antes de finalizar sus estudios; que haya un permanente deterioro del nivel del sistema educativo, y por ende, no es casual que más del 30 % de de la población esté en estado de pobreza, entre otros tantos males que nos aquejan.

Más de 10 años transcurrieron para que recién en 2017 se comience a poner en vigencia esta ley, restando todavía que se incluya en los planes de estudios del resto de los niveles de educación y obviamente que se dicte en todas las escuelas y establecimientos educativos.

Más de 10 años que en democracia no se ha cumplido con todo lo dispuesto por una ley de la Nación.

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